PROPUESTA DE PRESIDENCIA

 

Visto que, la Ordenanza Fiscal número 1 no se modifica desde su aprobación inicial siendo esto necesario para equiparar los ingresos que percibe esta Entidad por las tasas de recogida de basura industrial dado que la Ordenanza Fiscal número 5 no se modifica desde su inicio, esta Presidencia cree conveniente y necesario proceder a la modificación del Artículo número 6.2 de la Ordenanza Fiscal número 5.

 

PROPOSICIÓN DE PRESIDENCIA

Visto que el artículo 6.2 de la Ordenanza Fiscal número 5 en vigor se establece:

 

ARTÍCULO 6.2

 

TIPO DE ESTABLECIMIENTO

EPÍGRAFE/GRUPO

IMPORTE/TRIMESTRE

HOTELES Y MOTELES DE 5, 4 Y 3 ETRELLAS

681

198,12 €

HOTELES Y MOTELES DE 2 ESTRELLAS

682

130,24 €

HOTELES DE 1 ESTRELLA Y APARTAHOTELES

684

105,36 €

PENSIONES, CASAS DE HUÉSPEDES Y FONDAS

683

95,25 €

SUPERMERCADOS, ALMACENES DE FRUTAS Y VERDURAS AL POR MAYOR

612

125,35 €

PESCADERÍAS

643

83,63 €

CARNICERÍAS

642

80,15 €

FRUTAS, VERDURAS, HORTALIZAS, GOLOSINAS, FRUTOS SECOS Y DESPACHOS DE PAN

644

75,00 €

GRANDES ALMACENES DE SUPERFICIE MAYOR A 400 METROS CUADRADOS

647

205,35 €

RESTAURANTES

671

98,45 €

CAFETERÍAS

672

80,00 €

WHISQUERÍAS, PUB, BARES Y TABERNAS

673

75,35 €

CINES Y TEATROS

 

120,12 €

SALAS DE FIESTA Y DISCOTECAS

969

150,25 €

SALAS DE BINGO

969

110,00 €

ASERRADORAS, TALLERES, REPARACIONES NAVALES, ETC.

371

150,00 €

TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES

691

110,00 €

OFICINAS BANCARIAS, FARMACIAS, INMOBILIARIAS

652, 811, 812, 833

80,55 €

ARTÍCULOS DE REGALO, JOYERÍAS, ESTANCOS, PAPELERÍAS, FERRETERÍAS, ETC.

653

75,12 €

ACADEMIAS DE IDIOMA, DE BAILE Y REPARACIÓN DE CALZADO

931

60,10 €

POR CADA DESPACHO

 

75,85 €

 

En base a los motivos alegados al principio de la presente Propuesta de Presidencia, se propone para elevar a sesión de Junta Vecinal la siguiente modificación:

 

Visto informe emitido por el Sr. Interventor de fecha 16 de enero de 2023 y registro de entrada número 0057E.

 

Visto informe emitido por el Sr. Tesorero de fecha 17 de enero de 2024 y registro de entrada número 0069E.

 

Realizada la tramitación legalmente establecida y vista la competencia de la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes, en virtud de lo establecido en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone a la misma la adopción del siguiente



ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6.2 DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 5 de manera que quede establecido con la siguiente redacción:

ARTÍCULO 6.2

TIPO DE ESTABLECIMIENTO

IMPORTE ANUAL

HOTELES DE 5, 4 Y 3 ESTRELAS

1.220,00

HOTELES DE 2 Y 1 ESTRELLAS

950,00

PENSIONES, CASAS DE HUÉSPEDES, FONDAS Y APARTAMENTOS TURÍSTICOS

420,00

SUPERMERCADOS, ALMACENES DE FRUTAS Y VERDURAS AL POR MAYOR

850,00

PESCADERÍAS Y CARNICERÍAS

450,00

FRUTAS, VERDURAS, HORTALIZAS, GOLOSINAS, FRUTOS SECOS Y DESPACHOS DE PAN

360,00

GRANDES ALMACENES DE SUPERFICIE MAYOR A 400 METROS CUADRADOS

1.320,00

RESTAURANTES, Y BARES Y ESTABLECIMIENTOS QUE SIRVAN COMIDAS

650,00

WHISQUERÍAS, PUB, BARES DE COPAS (CON O SIN MÚSICA)

550,00

CINES, TEATROS, SALAS DE FIESTAS, SALAS DE BINGO Y DISCOTECAS

1.220,00

ASERRADORAS, TALLERES DE VEHÍCULOS TERRESTRES Y NAVALES

850,00

OFICINAS BANCARIAS, FARMACIAS, INMOBILIARIAS

400,00

ARTÍCULOS DE REGALO, JOYERÍAS, ESTANCOS, PAPELERÍAS

500,00

FERRETERÍAS

550,00

ACADEMIAS DE BAILE, IDIOMA Y OTROS

350,00

DESPACHOS PROFESIONALES

460,00



 

SEGUNDO.- Someter la la MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6.2 DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 5 a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de anuncios de la E.L.A. de Zahara de los Atunes por el plazo de TREINTA DÍAS para que puedan presentar alegaciones o sugerencias que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso de la Junta Vecinal.

 

TERCERO.- Facultar al Sr. Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

El Presidente,

Fdo.: Agustín Conejo Medina