PROPUESTA DE PRESIDENCIA
Dada la necesidad de regular las distintas tasas municipales y adaptarlas a la subida de precios en el mercado de manera que esta Entidad recaude de manera justa los beneficios que reportan a las arcas municipales los distintos usos privativos de los espacios públicos los ciudadanos, se hace necesario proceder a la modificación de los siguientes artículos de las distintas Ordenanzas Fiscales que se especifican a continuación. Concretamente la modificación del Epígrafe B de la Ordenanza Fiscal número 2.
PROPOSICIÓN DE PRESIDENCIA
Visto que el Epígrafe B de la Ordenanza Fiscal número 2 en vigor se establece:
B) TASAS POR OCUPACIÓN DE TERRENOS CON ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES Y ANDAMIOS, O CON MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y OTRAS MERCANCÍAS (CUBA).
TARIFAS:
1 |
Sin que conlleve el corte del tráfico rodado o peatonal de la calle: |
|
1.-1 |
Por cada metro cuadrado o fracción y día |
2,00 € |
2 |
Si conlleva aparejado el corte del tráfico rodado o peatonal de la calle: |
|
2.-1 |
Por cada metro cuadrado o fracción y día |
5,00 € |
2.-2 |
Por cada establecimiento público que se beneficie del corte del tráfico rodado de la calle con objeto de instalar mesas y sillas debidamente autorizadas |
200,00 € |
2.-3 |
Por corte del tráfico rodado de calle para descarga de materiales de obras u ejecución de las mismas al día |
85,00 € |
En base a los motivos alegados al principio de la presente Propuesta de Presidencia, se propone para elevar a sesión de Junta Vecinal la siguiente modificación:
Visto informe emitido por el Sr. Interventor de fecha 16 de enero de 2023 y registro de entrada número 0061E.
Visto informe emitido por el Sr. Tesorero de fecha 17 de enero de 2024 y registro de entrada número 0068E.
Realizada la tramitación legalmente establecida y vista la competencia de la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes, en virtud de lo establecido en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone a la misma la adopción del siguiente
ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la MODIFICACIÓN DEL EPÍGRAFE B DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2 de manera que quede establecido con la siguiente redacción:
B) TASAS POR OCUPACIÓN DE TERRENOS CON ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES Y ANDAMIOS, O CON MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y OTRAS MERCANCÍAS (CUBA).
TARIFAS:
1 |
Sin que conlleve el corte del tráfico rodado o peatonal de la calle: |
|
1.-1 |
Por cada metro cuadrado o fracción y día |
10,00 € |
2 |
Si conlleva aparejado el corte del tráfico rodado o peatonal de la calle: |
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2.-1 |
Por cada metro cuadrado o fracción y día |
20,00 € |
2.-2 |
Por cada establecimiento público que se beneficie del corte del tráfico rodado de la calle con objeto de instalar mesas y sillas debidamente autorizadas |
500,00 € |
2.-3 |
Por corte del tráfico rodado de calle para descarga de materiales de obras u ejecución de las mismas al día |
85,00 € |
SEGUNDO.- Someter la la MODIFICACIÓN DEL EPÍGRAFE B DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2 a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de anuncios de la E.L.A. de Zahara de los Atunes por el plazo de TREINTA DÍAS para que puedan presentar alegaciones o sugerencias que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso de la Junta Vecinal.
TERCERO.- Facultar al Sr. Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
El Presidente,
Fdo.: Agustín Conejo Medina