PROPUESTA DE PRESIDENCIA

Visto que, ante la demanda de solicitudes que se presentan en las dependencia municipales de esta Entidad interesando licencia de ocupación de terreno público para la instalación de puestos de venta de bisutería, de venta de comidas y otras instalaciones en el interior del recinto amurallado y que, la Ordenanza Fiscal número 1 no se modifica desde su aprobación inicial siendo esto necesario para equiparar los ingresos que percibe esta Entidad por las tasas de ocupación de la vía pública y de mercado, esta Presidencia cree conveniente y necesario proceder a la modificación de la Tarifa 2ª de la Ordenanza Fiscal número 1.

PROPOSICIÓN DE PRESIDENCIA

Visto que la Tarifa 2ª de la Ordenanza Fiscal número 1 en vigor se establece:

 

 

EPÍGRAFE

 

EUROS

PERIODO

1.- Licencias para la ocupación de terrenos destinados a la instalación de puestos para la venta de juguetes, bisutería, quicalla, ferretería, artesanía, porcelana, textiles y análogos en el Mercado Artesanal Nocturno del interior del recinto amurallado de Zahara de los Atunes

3 metros

750,00

Periodo

2.- Instalación de repostería, creppería, garrapiñada y asadores de patatas e instalaciones análogas en el interior del recinto amurallado de Zahara de los Atunes durante la temporada estival.

Hasta 5 metros

900,00

Periodo

3.- Exposición de articulos en el exterior de establecimientos privados, siempre y cuando sea autorizado y permita el tránsito de peatones.

 

6,00

Día

4.- Licencias para la ocupación de terrenos destinados a kioscos-bares, jaimas y otras instalaciones análogas.

Hasta 6 metros

1.800

Periodo

De 6 a 10 metros

2.500

Periodo

5.- Licencias para ocupación de terrenos con kioscos de helados

3 metros

900,00

Periodo

6.- Licencias para ocupación de terrenos con atracciones infantiles, castillos hinchables, camas elásticas y otras instalaciones análogas, por cada instalación.

Hasta 3 metros

200,00

Periodo

De 6 a 10 metros

450,00

Periodo

De más de 10 metros

650,00

Periodo

7.- Licencias para ocupación de terrenos con atracciones infantiles o similares que superen los 15 metros cuadrados

 

2.000,00

Periodo

8.- Licencias para instalación de aparatos automáticos accionados con moneda para entretenimiento, recreo o venta

 

150,00

Periodo

En base a los motivos alegados al principio de la presente Propuesta de Presidencia, se propone para elevar a sesión de Junta Vecinal la siguiente modificación:

 

Visto informe emitido por el Sr. Interventor de fecha 16 de enero de 2023 y registro de entrada número 0058E.

 

Visto informe emitido por el Sr. Tesorero de fecha 17 de enero de 2024 y registro de entrada número 0070E.

 

Realizada la tramitación legalmente establecida y vista la competencia de la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes, en virtud de lo establecido en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone a la misma la adopción del siguiente



ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la MODIFICACIÓN DE LA TARIFA 2ª DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 1 de manera que quede establecido con la siguiente redacción:

 

TARIFA 2ª.- ÉPOCA ESTIVAL: MERCADO ARTESANAL NOCTURNO DE VERANO

EPÍGRAFE

 

EUROS

PERIODO

1.- Licencias para la ocupación de terrenos destinados a la instalación de puestos para la venta de juguetes, bisutería, quicalla, ferretería, artesanía, porcelana, textiles y análogos en el Mercado Artesanal Nocturno del interior del recinto amurallado de Zahara de los Atunes

3 metros

900,00

Periodo

2.- Instalación de repostería, creppería, garrapiñada y asadores de patatas e instalaciones análogas en el interior del recinto amurallado de Zahara de los Atunes durante la temporada estival.

Hasta 5 metros

1.000,00

Periodo

3.- Exposición de articulos en el exterior de establecimientos privados, siempre y cuando sea autorizado y permita el tránsito de peatones.

 

20,00

Día

4.- Licencias para la ocupación de terrenos destinados a kioscos-bares, jaimas y otras instalaciones análogas.

Hasta 6 metros

2.000,00

Periodo

De 6 a 10 metros

2.700,00

Periodo

5.- Licencias para ocupación de terrenos con kioscos de helados

3 metros

1.000,00

Periodo

6.- Licencias para ocupación de terrenos con atracciones infantiles, castillos hinchables, camas elásticas y otras instalaciones análogas, por cada instalación.

Hasta 3 metros

300,00

Periodo

De 6 a 10 metros

750,00

Periodo

De más de 10 metros

2.000,00

Periodo

7.- Licencias para ocupación de terrenos con atracciones infantiles o similares que superen los 15 metros cuadrados

 

3.000,00

Periodo

8.- Licencias para instalación de aparatos automáticos accionados con moneda para entretenimiento, recreo o venta

 

350,00

Periodo

 

 

SEGUNDO.- Someter la la MODIFICACIÓN DE LA TARIFA 2ª DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 1 a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de anuncios de la E.L.A. de Zahara de los Atunes por el plazo de TREINTA DÍAS para que puedan presentar alegaciones o sugerencias que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso de la Junta Vecinal.

 

TERCERO.- Facultar al Sr. Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

El Presidente,

Fdo.: Agustín Conejo Medina